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Salud de los Pueblos Indígenas

Salud de los Pueblos Indígenas

Los invito a conocer la Resolución WHA76.16 sobre la salud de los Pueblos Indígenas aprobada por los países, entre ellos Panamá, en la recién concluida 76.ª Asamblea Mundial de la Salud. Debe ser una prioridad del gobierno, empresarios, sociedad y aspirantes a cargos de elección popular, pues en nuestro país es obligatorio hacer frente a las disparidades y las desigualdades sanitarias dentro de nuestro territorio _ que afectan principalmente a la población indígena de nuestras tres comarcas _ mediante el compromiso político y la aplicación de políticas, en particular abordando los determinantes sociales, económicos, ambientales y de otro tipo que afectan a la salud de los pueblos indígenas.

Comparto un breve resumen de la solicitud que se hace en la Resolución: tanto a los países (lo que deberíamos hacer en Panamá), como al Director de la OMS (el apoyo esperado de la OMS) y los invito a su lectura y puesta en práctica.

La salud de los Pueblos Indígenas

Solicitud a los países

INVITA a los Estados Miembros, teniendo en cuenta su contexto y sus prioridades nacionales, así como las restricciones establecidas en el artículo 46.2 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y en consulta con los Pueblos Indígenas, de manera que estos den su consentimiento libre, previo e informado, a que tengan a bien:

1) generar conocimientos sobre la salud de los Pueblos Indígenas mediante la recopilación ética de datos sobre la situación relativa a su salud en los contextos nacionales, con el fin de determinar las necesidades específicas y las deficiencias actuales en el acceso y la cobertura de los servicios de atención a la salud física y mental, así como los obstáculos que dificultan su uso, conocer las razones de esas deficiencias y formular recomendaciones sobre la forma de subsanarlas;2

2) elaborar, financiar y aplicar planes, estrategias u otras medidas nacionales en el ámbito de la salud para los Pueblos Indígenas, según proceda, con el fin de reducir las desigualdades por razón de sexo y los obstáculos sociales, culturales y geográficos que se interponen a su acceso equitativo a servicios de salud de calidad, prestados en lenguas indígenas, incluso durante las emergencias de salud pública, y adoptando un enfoque que abarque todo el curso de la vida, con especial énfasis en la salud reproductiva, de la madre y del adolescente, al tiempo que se reconocen las prácticas de salud indígenas, según proceda;

3) prestar especial atención a garantizar el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos los de información, educación y planificación familiar, y a integrar la salud reproductiva en las estrategias y los programas nacionales;

4) incorporar un enfoque intercultural e intersectorial para elaborar políticas públicas sobre la salud de los Pueblos Indígenas que tenga en cuenta también la necesidad de brindar oportunidades de intervenir de forma equitativa en plataformas participativas, superando las desigualdades por razón de sexo y los obstáculos relacionados con la lejanía geográfica, la discapacidad, la edad, el idioma, la disponibilidad de la información y la accesibilidad a ella, la conectividad digital y otros factores;

5) estudiar medios para integrar, según proceda, servicios de medicina tradicional y complementaria que sean inocuos y estén basados en la evidencia en los sistemas nacionales o subnacionales de salud, particularmente en la atención primaria de la salud y los servicios de salud mental y bienestar, de conformidad con el contexto y las prioridades nacionales;

6) adoptar un enfoque inclusivo y participativo al elaborar y aplicar actividades de investigación y desarrollo para promover la salud de los Pueblos Indígenas, teniendo en cuenta sus conocimientos y prácticas tradicionales;

7) fomentar la atracción, la formación, la contratación y la fidelización de trabajadores de la salud pertenecientes a Pueblos Indígenas, así como la formación y la creación de capacidad en materia de recursos humanos para atender a los Pueblos Indígenas con un enfoque intercultural, incluso en el contexto de las emergencias de salud pública;

8) contribuir a la creación de capacidad entre los Pueblos Indígenas para que hagan un seguimiento y una vigilancia de su salud y del medio ambiente en los territorios indígenas, teniendo debidamente en cuenta las condiciones específicas de vulnerabilidad, marginación y discriminación que experimentan estos Pueblos, y recordando su derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos, entre otros, los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas y el conocimiento de las propiedades de la flora y la fauna;

9) atender a las necesidades de salud de los Pueblos Indígenas, dándoles más acceso a los servicios y la atención de salud mental y a una nutrición adecuada, teniendo plenamente en cuenta su realidad social, cultural y geográfica; proporcionándoles acceso, sin discriminación alguna, a un conjunto de servicios de salud esenciales de promoción, prevención, curación, rehabilitación y atención paliativa que se determinen a nivel nacional; y potenciando el acceso a la inmunización en los territorios indígenas y para los Pueblos Indígenas, con independencia de dónde vivan;

10) promover la información básica, accesible e intercultural y ayudar a promover la salud y prevenir las enfermedades en las comunidades indígenas que no están voluntariamente aisladas;

Solicitud al Director de la OMS

PIDE al Director General que tenga a bien:

1) elaborar, para su examen por la 79.ª Asamblea Mundial de la Salud, por conducto del Consejo Ejecutivo en su 158.ª reunión, un plan de acción mundial para la salud de los Pueblos Indígenas, en consulta con los Estados Miembros, los Pueblos Indígenas, los organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas y del sistema multilateral, así como con la sociedad civil, las instituciones académicas y otras partes interesadas, en consonancia con el Marco de la OMS para la Colaboración con Agentes No Estatales, adoptando un enfoque que abarque todo el curso de la vida, haciendo especial hincapié en la salud reproductiva, de la madre y del adolescente, centrándose especialmente en las personas en situación de vulnerabilidad y teniendo presente el contexto local;

2) prestar apoyo técnico, a petición de los Estados Miembros, para elaborar planes nacionales de promoción, protección y mejora de la salud física y mental de los Pueblos Indígenas, incluso en el contexto de las emergencias de salud pública;

3) proponer, en consulta con los Estados Miembros, líneas estratégicas de acción para mejorar la salud de los Pueblos Indígenas en la elaboración del 14.º Programa General de Trabajo de la OMS.

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